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De autorías y anónimos murmullos en la era digital

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Escrito por Modular
Martes, 08 de Septiembre de 2009 15:50
De autorías y anónimos murmullos en la era digital1
por Dr. Ariel Vercelli2
La expansión de las redes electrónicas distribuidas y el desarrollo de las tecnologías digitales
han contribuido a generar cambios radicales en las formas de producir, distribuir, comerciar y
gestionar las obras y bienes intelectuales a escala global. Muchos de estos cambios pueden observarse
en la estructura básica del derecho de autor: por ejemplo, el concepto de obra intelectual, la resignificación
de las autorías / titularidades, la emergencia de nuevos modelos de negocios de las
industrias culturales, las luchas por el dominio público o, entre otros puntos, en la íntima relación que
mantienen la gestión de obras y bienes intelectuales con las tecnologías digitales. Hasta el momento
los estudios e investigaciones sobre estas temáticas han tenido una peligrosa desatención en las
agendas políticocientíficas
de los países de la región. El objetivo de esta presentación es discutir,
analizar y contribuir con una gestión cultural que se articule con las políticas tecnológicas de la región
y que, fundamentalmente, se base en la defensa y promoción de nuestros intereses nacionales /
regionales.
Las tecnologías digitales e Internet han favorecido un cambio radical en las capacidades y
nuevas “funciones” de los autores, titulares derivados y el público en general. En poco años se han
desarrollado nuevas formas de creación de obras intelectuales, algunas más individuales y apegadas a
la noción clásica de autoría y otras más colaborativas y cercanas a un “anómimo murmullo”. Como
nunca antes en la historia de la humanidad, las personas pueden crear obras intelectuales, publicarlas
de una forma simple, compartirlas, liberarlas, producirlas en forma colaborativa, o bien, en todo
momento, disponer de un acervo infinito de obras y bienes intelectuales a nivel global. Sin embargo,
estas mismas tecnologías también pueden favorecer la copia ilegal, el cercamiento, la privatización o
la apropiación de diferentes formas de valor intelectual. La cultura y sus industrias se han visto
fuertemente afectadas. Los nuevos medios tecnológicos han facilitado que muchas de las obras
intelectuales de producción y distribución industrial puedan ser accedidas, copiadas, distribuidas,
derivadas o, incluso, comercializadas por el público en general. A su vez, peligrosamente, han
contribuido a que ciertos aspectos y bienes culturales, hasta el momento sin aparente valor de
mercado, también se mercantilicen y pasen a ser industriales.
En poco más de dos décadas el 'derecho de autor y derecho de copia' pasó de ser una rama del
derecho sin mucha relevancia a ser una pieza clave en la producción del valor intelectual, la gestión
cultural y la regulación de nuestras sociedades. Las tecnologías digitales e Internet favorecieron,
fortalecieron y renovaron el ejercicio directo e inmediato del derecho de autor y derecho de copia y, de
esta forma, produjeron nuevas tensiones jurídicopolíticas
a escala global. Es de singular importancia
hacer notar que los cambios descritos mantienen una relación directa con las legislaciones, las
interpretaciones y las regulaciones de derecho de autor y derecho de copia a escala global. En la era
digital, estas regulaciones y las tecnologías digitales desarrolladas para la gestión de estos derechos
forman parte de un mismo y único proceso de coconstrucción.
Este proceso de coconstrucción
permite identificar como, por un lado, se producen regulaciones para tecnologizar la gestión de
derechos y, por el otro, se producen tecnologías para regular la gestión de estos mismos derechos. A
través del diseño de las tecnologías se pueden definir aspectos importantes y estratégicos del futuro
jurídicopolítico,
cultural, social y económico de nuestras sociedades.
[1] Esta ponencia retoma y continua ideas desarrolladas en la obra intelectual 'Repensando los bienes intelectuales
comunes': http://www.arielvercelli.org/rlbic.pdf. Esta ponencia es una Versión 1.0 y es Derecho de Autor © 2009 Ariel
Vercelli, Algunos Derechos Reservados. Obra liberada bajo licencia Creative Commons Atribución Compartir
Derivadas
Igual 2.5 de Argentina. Más información en http://creativecommons.org/licenses/bysa/
2.5/ar/
[2] Ariel Vercelli es Doctor en Ciencias Sociales y Humanas de la Universidad Nacional de Quilmes, Presidente de
'Bienes Comunes Asociación Civil' http://www.bienescomunes.org/, Líder de Creative Commons Argentina y Becario
Posdoctoral de CONICET. Más información sobre el autor en http://www.arielvercelli.org/
por Dr. Ariel Vercelli [1]
La expansión de las redes electrónicas distribuidas y el desarrollo de las tecnologías digitales han contribuido a generar cambios radicales en las formas de producir, distribuir, comerciar y gestionar las obras y bienes intelectuales a escala global. Muchos de estos cambios pueden observarse en la estructura básica del derecho de autor: por ejemplo, el concepto de obra intelectual, la resignificación de las autorías / titularidades, la emergencia de nuevos modelos de negocios de las industrias culturales, las luchas por el dominio público o, entre otros puntos, en la íntima relación que mantienen la gestión de obras y bienes intelectuales con las tecnologías digitales. Hasta el momento los estudios e investigaciones sobre estas temáticas han tenido una peligrosa desatención en las agendas político-científicas de los países de la región. El objetivo de esta presentación es discutir, analizar y contribuir con una gestión cultural que se articule con las políticas tecnológicas de la región y que, fundamentalmente, se base en la defensa y promoción de nuestros intereses nacionales /regionales.
Las tecnologías digitales e Internet han favorecido un cambio radical en las capacidades y nuevas “funciones” de los autores, titulares derivados y el público en general. En poco años se han desarrollado nuevas formas de creación de obras intelectuales, algunas más individuales y apegadas a la noción clásica de autoría y otras más colaborativas y cercanas a un “anónimo murmullo”. Como nunca antes en la historia de la humanidad, las personas pueden crear obras intelectuales, publicarlas de una forma simple, compartirlas, liberarlas, producirlas en forma colaborativa, o bien, en todo momento, disponer de un acervo infinito de obras y bienes intelectuales a nivel global. Sin embargo, estas mismas tecnologías también pueden favorecer la copia ilegal, el cercamiento, la privatización o la apropiación de diferentes formas de valor intelectual. La cultura y sus industrias se han visto fuertemente afectadas. Los nuevos medios tecnológicos han facilitado que muchas de las obras intelectuales de producción y distribución industrial puedan ser accedidas, copiadas, distribuidas, derivadas o, incluso, comercializadas por el público en general. A su vez, peligrosamente, han contribuido a que ciertos aspectos y bienes culturales, hasta el momento sin aparente valor de mercado, también se mercantilicen y pasen a ser industriales.
En poco más de dos décadas el 'derecho de autor y derecho de copia' pasó de ser una rama del derecho sin mucha relevancia a ser una pieza clave en la producción del valor intelectual, la gestión cultural y la regulación de nuestras sociedades. Las tecnologías digitales e Internet favorecieron, fortalecieron y renovaron el ejercicio directo e inmediato del derecho de autor y derecho de copia y, de esta forma, produjeron nuevas tensiones jurídico-políticas a escala global. Es de singular importancia
hacer notar que los cambios descritos mantienen una relación directa con las legislaciones, las interpretaciones y las regulaciones de derecho de autor y derecho de copia a escala global. En la era digital, estas regulaciones y las tecnologías digitales desarrolladas para la gestión de estos derechos forman parte de un mismo y único proceso de co-construcción. Este proceso de co-construcción permite identificar como, por un lado, se producen regulaciones para tecnologizar la gestión de derechos y, por el otro, se producen tecnologías para regular la gestión de estos mismos derechos. A través del diseño de las tecnologías se pueden definir aspectos importantes y estratégicos del futuro jurídico-político, cultural, social y económico de nuestras sociedades.
[1] Esta ponencia retoma y continua ideas desarrolladas en la obra intelectual 'Repensando los bienes intelectuales
comunes': http://www.arielvercelli.org/rlbic.pdf. Esta ponencia es una Versión 1.0 y es Derecho de Autor © 2009 Ariel
Vercelli, Algunos Derechos Reservados. Obra liberada bajo licencia Creative Commons Atribución Compartir
Derivadas Igual 2.5 de Argentina. Más información en http://creativecommons.org/licenses/bysa/2.5/ar/
Actualizado ( Martes, 08 de Septiembre de 2009 16:04 )